Esta iniciativa, dijo, surge ante la necesidad de consolidar el Sistema Estatal Anticorrupción y corregir las acciones preventivas que no logren resultados medibles y orientar la política anticorrupción hacia la sanción y recuperación de activos, así como desmantelar las redes de corrupción que operan en el estado, además de mantener un esfuerzo continuo y sistemático para lograr una política anticorrupción efectiva y eficiente que permita agilizar el servicio de impartición de justicia, mediante el fortalecimiento del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.
Expuso que con esta reforma el Tribunal Estatal funcionaría con un pleno, una sala superior y las salas regionales requeridas de conformidad con lo dispuesto en la Ley; y se integrará por ocho magistrados.
Además, se precisa que los magistrados del tribunal serán nombrados por el Congreso a propuesta del Gobernador, durarán en su encargo diez años improrrogables y sólo serán removidos de conformidad con lo dispuesto por esta Constitución, por retiro forzoso contemplado en el artículo 59 fracciones I, II y III, además de lo establecido en la ley.
Para ser magistrado del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa se deberán de cumplir con los requisitos señalados en las fracciones I, II, III, V y VII del artículo 58, así como último y penúltimo párrafo del mismo artículo.
No podrán aspirar a ser magistrados o magistradas del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa quienes hayan fungido como secretarios de despacho o su equivalente, fiscal general, senador, diputado federal o local ni presidentes municipales durante el año previo al día de su nombramiento.
El Tribunal contará con un órgano interno de control que ejercerá sus funciones en coordinación con el Órgano de Fiscalización Superior del Estado, cuyo titular será nombrado por el Congreso del Estado, con la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros presentes.


