Ejército se queda en las calles hasta 2028

Con 339 votos a favor, 155 en contra y dos abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, reformas al artículo Quinto Transitorio constitucional, que permitirá al Ejército y a la Marina, participar en labores de seguridad pública para coadyuvar a combatir la delincuencia en el país.

Con nueve votos de diferencia y por mayoría calificada, Morena, PT, PVEM, y el apoyo de algunos diputados del PRI y del PRD, se aprobó el dictamen que permitirá la estancia en las calles del Ejército y la Marina en labores de apoyo a la Guardia Nacional y a las policías estatales y municipales, en temas de seguridad.

El dictamen pasa a los estados de la república para su análisis y posible aprobación en 16 congresos locales, mismos que deberán aprobar este artículo Quinto Transitorio constitucional, para que pueda ser promulgado por el Ejecutivo federal.

Con ello, el Ejército y la Marina permanecerá hasta el 2028 en apoyo a las tareas de seguridad pública y en la lucha contra del crimen organizado, así como para continuar con el apoyo a la Guardia Nacional para su capacitación, y a las policías estatales y municipales.

El documento se aprobó tal y como lo envió el Senado de la República y que modificó en su totalidad la propuesta de la diputada priista Yolanda de la Torre, por haber presentado la iniciativa que hoy se aprobó, fue premiada con el cargo de presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Durango.

El dictamen reforma el Artículo Quinto Transitorio, del decreto por el que se reforma adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.

Entre las modificaciones está que la Fuerza Armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el artículo 21 de la Constitución.

Asimismo, se enfatiza que en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

También, el Ejecutivo federal presentará en el Congreso de la Unión informe semestral sobre la disposición del Ejército y la Marina en tareas de seguridad pública y proporcionará los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos, así como debe corroborar el respeto a los derechos humanos, a los pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas.

También estipula que en un plazo de no más de 60 días, contando a partir de la entrada en vigor del decreto, y hasta 2028, se integrará una comisión bicameral, en los términos que acuerden los órganos de dirección política de las Cámara del Congreso de la Unión, para el análisis y dictamen de los informes que entregará el Ejecutivo.

Para la emisión del dictamen semestral, la comisión convocará, si así lo requiere, a los titulares de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina, para que informen ante el Congreso de la Unión sobre las acciones y resultados.

Dicho dictamen deberá evaluar el trabajo de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública y señalará aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia de los uniformados en estas labores.

La comisión también remitirá al Senado y a la Cámara de Diputados los dictámenes semestrales para su discusión y aprobación. Uno vez aprobados, serán enviados al Ejecutivo federal, el que deberá informar de la atención que brindó a las recomendaciones emitidas.

A partir de 2023, refiere el artículo modificado, que el Ejecutivo establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades y a municipios para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública. Estos recursos se establecerán de forma separada e inidentificable respecto a cualquier otro ramo o programa destinado a otros propósitos en el Presupuesto de Egresos.

Los recursos no podrán ser inferiores en términos porcentuales al incremento que reciba la Fuerzas Armada permanente y la Guardia Nacional para tareas de seguridad pública cada año; se distribuirá en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada estado según el INEGI y no podrán ser utilizados para otro fin, advierte.

De igual forma, el 25% de dicho fondo se asignará a las entidades federativas con mejores resultados en materia de seguridad pública, conforme los indicadores que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

 

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